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Estado de derecho 5.0 en República Dominicana



Por José Jóribe Castillo Javier

El Estado de derecho es un super principio que se nutre ampliamente de la Filosofía, específicamente de la filosofía del derecho. En este sentido, durante los siglos filósofos como Montesquieu, Locke, Aristóteles, Weber, Hayek, Dicey, Amartya Sen, entre otros, han contribuido con sus ideas a ir conformando un modo de organización del Estado que limite el ejercicio del poder, pero que a la vez sirva a ciertos fines específicos. Estos fines han pendulado a lo largo de los años entre el desarrollo económico, el orden, la seguridad o los derechos humanos.

Actualmente, como ha señalado Alvaro Santos director del Centro para el Avance del Estado de derecho en América Latina y el Caribe (CAROLA) de Georgetown University, la mayoría de las organizaciones multilaterales de desarrollo mantienen una perspectiva centrada en las personas. Como toda obra humana no es monolítica, sino que se adapta a los tiempos y a los medios que facilitan su implementación como hoy día son las tecnologías de información y comunicación y la inteligencia artificial. En este artículo se resumirán algunas ideas sobre la ampliación del marco normativo para la regulación del uso de los medios digitales y la inteligencia artificial para fortalecer el Estado de derecho.

El profesor Dr. Don Elías Díaz García, catedrático emérito de la Universidad Autónoma de Madrid, nos compila de una manera muy sabia los principios del Estado de derecho en el ámbito continental europeo a través de cuatro pilares fundamentales: i) imperio de la Ley, pero no de cualquier Ley sino una adoptada de conformidad con los criterios formales o de procedimiento y materiales de validez; ii) separación de poderes; iii) garantía de los derechos fundamentales y iv) control judicial de la administración pública. Todas estas áreas se ven impactadas con el advenimiento de nuevas herramientas que facilitan la implementación de los postulados constitucionales y filosóficos del Estado de derecho.

En efecto, con el advenimiento de nuevas tecnologías transformadoras de las dinámicas sociales, el Estado de derecho no se permite quedar atrás. Aunque sus objetivos esenciales permanecen, sus medios de implementación se van actualizando. En República Dominicana estamos viendo cómo se va ampliando cada vez más un corpus iuris informationes et cominicationis y cada vez más se trasciende la fronteras de la transformación digital dando paso a la exploración del uso de la inteligencia artificial en la Administración Pública, en el Poder Judicial, en los servicios del Ministerio Público, y en el ámbito general del ecosistema judicial para facilitar la automatización en la toma de decisiones, de los procesos de investigación y otras actividades. Me detendré a continuación en algunas piezas del marco regulatorio dominicano en estos temas, a saber:

1.      Ley de Uso de Medios Digitales del Poder Judicial: Aunque relativamente nueva, implementada y posteriormente legalizada a solicitud del Tribunal Constitucional, esta Ley permite y regula el uso de medios digitales para el acceso a expedientes, celebración de audiencias, notificación de actos en el ámbito de la justicia. Aunque la adopción de estos medios en la administración de la justicia en nuestro país es reciente un nuevo capitulo se abre con la oportunidad que ofrece la inteligencia artificial para facilitar la labor de los sistemas de justicia. Esto requerirá una estrategia diferenciada y su propio marco regulatorio, que al momento de la publicación de este artículo se desconoce.

2.      Agenda Digital 2030: Aprobada por el gobierno dominicano mediante decreto 527-21 y premiada en la Cumbre de la Sociedad de la Información por su proceso inclusivo de participación, es una herramienta clave para la transformación digital del conjunto de la sociedad incluyendo la economía, los servicios públicos, la educación. Revisable de manera anual es una hoja de ruta clara para alcanzar un país no solamente mejor conectado sino también más eficiente.

3.      Marco Nacional de Interoperabilidad: Con la emisión del Decreto  92-22  se busca el intercambio de información oportuna entre las instituciones públicas. La provisión de servicios públicos no es ajena a las ventajas de la era digital por tanto el marco regulatorio de los mismos debe avanzar en consecuencia a estas nuevas realidades, permitiendo a la Administración Pública interactuar y acceder a datos de los ciudadanos de manera colectiva, reduciendo las labores de mensajería, de traslados para el deposito de documentos, reduciendo tiempos para la emisión de documentación y facilitando los requisitos que debemos aportar. No es tan fácil pues requiere batallar con una cultura burocrática, una forma de ver las cosas. Una estructura jurídica y un capital humano comprometido serán claves para el éxito de este proyecto.

4.      Estrategia Nacional de Competitividad: Este documento solicitado mediante decreto 640-20 incluye una serie de lineamientos en materia de innovación estableciendo parámetros técnicos que permiten definir acciones y medir los niveles en que se encuentra nuestro ecosistema de innovación. La mas reciente actualización se visualizaba una puntuación de 35 / 100 siendo una de las áreas de mas oportunidad para mejorar la competitividad del país.

5.      Política Nacional de Innovación 2030: Es un conjunto de acciones vivas en constante evolución que se puede monitorear a través de la pagina web innovacionrd.gob.do que cuenta con un marco de principios establecidos en el decreto 278-22 donde se destacan desafíos en materia de cultura, educación, talento humano, inversión y gobernanza. Integra distintas instituciones públicas a través de mesas de seguimiento. Establece un portal de consulta ciudadana entre otras herramientas. Sin dudas es un paso de avance definir y establecer institucionalidad para la innovación en nuestro país. Algo a lo que el conjunto de la sociedad debe avocarse.

6.      Ley de mejora regulatoria y simplificación de trámites: Esta Ley aunque ha presentado desafíos en su implementación al menos muestra la voluntad de avanzar hacia mecanismos mas innovadores en materia regulatoria. Es la Ley que promete la implementación del programa burocracia cero. Establece mecanismos muy novedosos y retadores para todo el funcionariado público, una apuesta interesante pero que requiere de usuarios y prestadores con competencias avanzadas.

7.      El anuncio de la Estrategia Nacional de Inteligencia Artificial: Se prometió para agosto 2023 y mantenemos los ojos puestos en esto para colaborar en el desarrollo de una estrategia inclusiva y adaptada a las necesidades con un enfoque pro-innovación.

 

Estamos avanzando de manera acelerada, tratando de ir a la par no solo de nuestra región sino con los países con una institucionalidad más avanzada. Estos cambios no son una amenaza para nadie, suponen una ventaja para la colectividad toda vez que facilitarán la transparencia, eficacia, eficiencia de las estructuras del Estado de derecho. Ciertamente la seguridad es una preocupación valida, pero lo es para cualquier ámbito de nuestras vidas. Desde usar un tren, una moto, un auto o un avión todos estos medios encierran riesgos y no por ello dejamos de usarlos. Lo mismo con las herramientas del Estado de derecho 5.0. Apostar por la innovación es garantizarnos un futuro de mas prosperidad para las generaciones presentes y futuras. No puede coartarse sino estimularse como hemos venido haciendo.

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